“Durante décadas, y hasta etapas muy próximas, en España se ha producido, amparada en la impunidad, una de las mayores atrocidades que ha vivido nuestro país. Un número inmenso de niños fueron sustraídos en cárceles, clínicas y maternidades, y sus familias biológicas siguen sin saber su paradero a día de hoy”.

Este es el primer párrafo de la Proposición de ley sobre los bebés robados en el Estado español que ha sido registrada este martes en el Congreso por Unidos Podemos, ERC, PdeCat, Compromís y EH Bildu. La norma, que aspira a convertirse en la primera ley estatal sobre bebés robados, ha sido impulsada desde la sociedad civil por la CEAQUA (Coordinadora Estatal de Apoyo a la Querella Argentina), y ha contado con el apoyo de, al menos, 14 asociaciones de bebés robados y varias organizaciones de derechos humanos.

La Proposición, a la que ha tenido acceso Público, busca instar al Estado a investigar el robo de bebés en España desde 1939 creando para tal fin una Fiscalía especial sobre bebés robados, que dependa directamente de la Fiscalía General del Estado, y una unidad de Policía judicial especializada, que se dedique única y exclusivamente a resolver el robo de bebés en España desde los inicios de la Guerra Civil hasta bien entrada la democracia. Se estima que, solamente en el período de la Guerra Civil y los primeros años de dictadura, fueron sustraídos alrededor de 30.000 menores, según el auto del Juzgado Central de Instrucción nº 5 de la Audiencia Nacional del 18 de noviembre de 2008.

La Proposición pide crear una Fiscalía Especial sobre bebés robados y una unidad de Policía judicial especializada

La Proposición de Ley que ha sido registrado este martes también prevé que el Estado se haga cargo de “las exhumaciones que sean precisas”, la creación de una Base de Datos Estatal de Afectados; de un “Banco único de ADN” con pruebas gratuitas y, también, de una Comisión Estatal por el Derecho a la identidad, que se encargará, entre otras cosas, de aprobar y ejecutar un “plan integral nacional de búsqueda de personas desaparecidas y de asistencia integral a las víctimas”.

La Ley también obligará tanto a las administraciones públicas como a la Iglesia católica a la apertura de todos los archivos que pudieran ser de utilidad para resolver los casos de bebés robados. En estos archivos, el texto legal contempla el acceso a la documentación de la Iglesia, pero también de los libros de los cementerios, de los boletines estadísticos municipales con los que se conformaba el padrón, de los libros de adopciones y expedientes relativos a la protección de menores y de los registros del ya desaparecido Patronato de Protección a la Mujer.

De 1936 hasta bien entrada la democracia

El texto legal fecha el inicio de la investigación a realizar en el 17 de julio de 1936, con el robo de bebés a mujeres republicanas, y deja abierta la fecha de cierre a la posterior discursión parlamentaria en caso de que sea tomada en consideración. Los impulsores de la iniciativa, no obstante, detallan a este medio que “obviamente” esa fecha de cierre se ubicará en los años de la democracia ya que se tienen conocimientos de casos de robo de bebés hasta bien entrados los 90 y hasta un caso particular en el año 2001.

En este punto, las posibles fechas que se pueden manejar oscilan entre 1987, que es cuando se promulga la primera Ley de adopción; 1996, fecha en la que se publica la Ley Orgánica de protección jurídica del menor; 1999, cuando se declara inconstitucional el parto anónimo; o 2001, última denuncia en el tiempo por el robo de bebés.

Crimen de lesa humanidad

La Ley parte del reconocimiento del robo de bebés en el Estado español desde 1936 como un crimen de lesa humanidad que se sostiene en el tiempo, aunque evoluciona en sus métodos y objetivos, hasta aproximadamente la década de los 90. Con esta consideración, por tanto, el robo de bebés quedaría como un delito imprescriptible con el paso de los años hasta su resolución.

El texto legal fecha el inicio de la investigación a realizar en el 17 de julio de 1936

En este sentido, el preámbulo de la Proposición recuerda que en julio de 2014, el entonces Relator de la ONU para la verdad, la justicia y la reparación, Pablo de Greiff, señaló a España que “está obligada por el derecho internacional” y por los convenios internacionales suscritos y ratificados por el Estado a “fortalecer los esfuerzos con miras a buscar e identificar a los niños y niñas que podrían haber sido víctimas de la apropiación” y a garantizar un Banco Nacional de ADN que integre “muestras genéticas de todos los casos denunciados”. 

El texto legal también hace referencia al artículo 10.1 de la Constitución española que proclama el “derecho a la identidad personal y al libre desarrollo de la propia personalidad, la dignidad de la persona, y los derechos inviolables que le son inherentes y son fundamento del orden político democrático.

Asimismo, también hace referencia a las obligaciones contraídas por el Estado en el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales; la Convención sobre los Derechos del Niño; y la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas.